Represión a manifestantes por acceso a alimentos
EVENTO VDH- Fecha del Evento
- 8 jul 2021
- Municipio del evento
- La Habana - (Municipio sin determinar)
- Provincia del evento
- La Habana
- Geolocalización del evento
Latitud: 23.136667
Longitud: -82.388333
- Geolocalización del evento (vinculado EVENTO VDH)
- La Habana - (Municipio sin determinar)
- Perpetrador - Tipo
- Policía
- Derechos Políticos vulnerados
- Derecho a la tutela judicial effectiva
- Derecho a no ser detenido arbitrariamente
- Derecho a ser informado de las razones de la detención, en el momento de la detención, y a ser notificado, sin demora, de la acusación formulada
- Derecho de los detenidos y presos a ser conducidos sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales
- Igualdad ante la ley
- Libertad de opinión y expresión
- Libertad personal
- Protección contra la incitación a la discriminación y la violencia
- Derechos Sociales vulnerados
- Derecho a la propiedad
- Derecho a unas condiciones de vida adecuadas
- Descripción
Jean Pierre Isla Pérez, se encontraba haciendo fila para ingresar al supermercado a comprar pollo y aceite; sin embargo, en la repartición de turnos para las compras -habiendo alrededor de 100 personas esperando- solo se repartieron 10 turnos. Jean Pierre era la persona número 10 en la fila, así que tuvo acceso a su turno. Pero las personas detrás suyo se mostraron inconformes ya que resultaba un abuso vender productos solamente a 10 personas, cuando todos estaban allí desde las 5am. Automáticamente la Policía Nacional Revolucionaria, que controlaba la fila, comenzó a agredir físicamente a los protestantes. Jean Pierre quien es abogado, le indicó a las autoridades que estaban cometiendo violación de derechos constitucionales y derechos humanos. La respuesta de la policía fue amenazarle para que no defendiera a los manifestantes. Como la víctima hizo caso omiso, fue conducido a la estación de la Policía Nacional Revolucionaria por el delito de desobediencia. Estuvo detenido 24 horas y posteriormente le dieron libertad imponiéndole una multa de 1000 CUP como sanción administrativa por el artículo 8.3 del código penal por ser un delito de escasa peligrosidad.
- Destacado
- Sí